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Inspección judicial al relleno sanitario Parque Ecológico Praderas del Antelio S.A. E.S.P

La honorable magistrada Dra. Nelly Villamizar de Peñaranda, en seguimiento al cumplimiento de las órdenes impartidas por el Consejo de Estado en la sentencia de descontaminación del río Bogotá y en atención a la solicitud realizada por el alcalde Juan Carlos Gaitán Chiriví (Q.E.P.D) el 29 de mayo de 2018, decretó realizar una inspección judicial al relleno sanitario Parque Ecológico Praderas del Antelio S.A. E.S.P.

36827617_1092135830943913_156307809955217408_oEl día 6 de julio, la Magistrada Sustanciadora desarrolló la inspección judicial en las instalaciones del Palacio Municipal, la cual contó con la participación del Gobierno Local, la Personería, representantes de ASOJUNTAS, la ONG GUECHAS, el Consejo Territorial de Planeación, la CAR, la Secretaría del Ambiente de Cundinamarca, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría de Cundinamarca, la ANLA, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Empresas Públicas de Cundinamarca y de la Sociedad Praderas del Antelio S.A. E.S.P.

36852942_1092135897610573_4704186398368858112_oEn esta visita , la alcaldesa (e) Edna Liliana Yomayusa y su equipo de gobierno, así como la personera y los representantes de la comunidad bojaquense expusieron sus preocupaciones y sustentaron las razones por las cuales el proyecto no debe desarrollarse en Bojacá.

En el transcurso de la diligencia judicial, la magistrada ordenó a las entidades públicas presentes aportar pruebas de carácter técnico, a fin de determinar el impacto ambiental sobre las posibles fuentes hídricas en el área de desarrollo del relleno sanitario, la carga ambiental por el desarrollo de varios proyectos de disposición de residuos en la misma zona geográfica y el impacto a las comunidades de Bojacá, Mosquera y Soacha. A su vez, respecto de la resolución proferida por la ANLA mediante la cual se otorgó licencia ambiental al proyecto, la juez decretó medida cautelar por el término de 45 días prorrogables, entre tanto se aporten las pruebas y conceptos técnicos que ordenó.

Con la imposición de la medida cautelar, la empresa Praderas del Antelio tiene prohibido iniciar cualquier actividad constructiva en Bojacá.

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