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CAR y Alcaldía concertaron parámetros ambientales del nuevo POT para Bogotá

Tras la revisión de la propuesta general del Plan de Ordenamiento Territorial presentada el pasado mes de noviembre de 2018 por el Distrito ante la CAR, la Corporación concertó los parámetros del componente ambiental, con base en los cuales se consolida la estructura ecológica principal dentro de dicha propuesta, buscando garantizar la protección de los ecosistemas presentes en la ciudad capital.

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Dentro de los puntos concertados se destaca:

La consolidación de la Estructura Ecológica Principal – EEP de Bogotá, y su conexión con la Estructura Ecológica Regional, que permita dar cumplimiento a la sentencia del Río Bogotá del 2014 del Consejo de Estado. Es decir que se garantiza la protección del Río Bogotá a través de la ronda hidráulica, el parque lineal y una franja contigua a éste; así como su conectividad con elementos de importancia ambiental del Distrito.

Garantizar la conectividad de los ecosistemas presentes en los cerros orientales de Bogotá.

La Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental de Bogotá, se destinará a la habilitación de Parques Urbanos Metropolitanos, en la franja de adecuación definida en la Resolución 463 de 2005 del Ministerio de Ambiente, que incrementen la oferta de espacio público para los habitantes de la ciudad.

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Incorporación de la Reserva Forestal Regional Productora del Norte de Bogotá D.C. “Thomas Van Der Hammen”, como determinante ambiental, de acuerdo a la delimitación, usos y objetivos de conservación vigentes, es decir que se mantienen, categoría y usos.

Dentro de este POT se incorporó la misma estructura ecológica regional establecida en los POMCA de la jurisdicción del Distrito.

La propuesta de revisión general del POT fue radicada por la Alcaldía de Bogotá el pasado 18 de noviembre ante la CAR. Frente a ésta se hicieron observaciones y consideraciones, y entre los meses de abril y mayo, se llevó a cabo el proceso de concertación entre los equipos técnicos de ambas entidades, para que posteriormente el Distrito pueda continuar con el trámite legal previsto.

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La concertación se hace bajo el marco de los deberes legales funcionales que le corresponden a ambas entidades.

Fuente: Prensa Gobernación de Cundinamarca

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