Inicio Colombia

Polémica por petición de tumbar una parte de la ley de foto multas

Para la Procuraduría, los propietarios de vehículos no son responsables por las foto multas a sus conductores. Así lo hizo saber mediante un concepto enviado a la Corte Constitucional en el que pide a ese tribunal que declare inexequible la norma que establece que el dueño de un vehículo es solidariamente responsable con el conductor del mismo por las infracciones que registren los comparendos electrónicos o foto multas.

Según el Ministerio Público, el parágrafo 1 del artículo 8 de la Ley 1843 de 2017, que regula los sistemas electrónicos de detección de infracciones de tránsito, es inconstitucional porque viola el derecho al debido proceso, “ya que en materia de sanciones se debe observar como mínimo que las autoridades identifiquen al transgresor”.

fotomulta

 Para el órgano de control, si bien la previsión de un régimen de responsabilidad solidaria es una forma de hacer exigible la obligación, no es el procedimiento para determinar quién es el infractor.

El director de la ANSV agregó que el país tiene un serio problema en seguridad vial y que “hoy en día los vehículos son un ‘arma’ que está causando la muerte a muchos colombianos”, muestra de ello son las 3.096 personas que han muerto en las vías solo en el primer semestre de este año, cifra que, agregó Maya, podría aumentar en la medida en que algún lesionado correspondiente a un siniestro vial del primer semestre fallezca como consecuencia de las heridas.

 Es por esto que Maya concluyó que “los propietarios deben ser prudentes en el momento en que ‘prestan’ sus vehículos y del mismo modo deben ser solidarios de las consecuencias de esa decisión”.

Fuente: El Espectador

- Advertisement -