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CAR Cundinamarca hace un llamado por la protección de los Cerros Orientales

La Autoridad Ambiental tiene conocimiento de actividades como camping y recorridos que organizan particulares para esta época decembrina en los Cerros Orientales, sin embargo, la Corporación hace un  llamado a la ciudadanía para  tener en cuenta que estas actividades están prohibidas.

Por su parte, otras actividades como fogatas y/o que impliquen el uso del fuego, deportes a motor, recreación activa y construcción de vivienda nueva, entre otras, no están permitidas en los Cerros Orientales, por tratarse de un ecosistema de gran importancia ambiental.

“El llamado a estas personas que organizan este tipo de actividades es a que se acerquen a la CAR o consulten el Plan de Manejo. Muchas veces por desconocimiento están afectando este ecosistema tan importante, debemos tener precaución”, dijo Laura Duque, directora regional Bogotá – La Calera de la CAR. En ese orden de ideas, es necesario que la ciudadanía conozca las actividades que están prohibidas, permitidas y condicionadas en los cerros orientales.

El Plan de Manejo Ambiental –PMA- tiene como objeto proteger los bosques y la vegetación del páramo de Cruz Verde, las zonas de recarga hídrica y cuerpos de agua (quebradas, humedales y nacimientos), especies de fauna y flora con distribución restringida, o endémicas, o en estado de amenaza y los cerros orientales.

Es importante tener en cuenta que del área total de la zona, 13142 hectáreas, el 57,05% está destinado para preservación, el 35,63% para restauración, el 3,19% para recuperación ambiental, el 3,42% para uso sostenible y tan solo el 0,69 para uso público. Así lo señala el Plan de Manejo Ambiental –PMA Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental de Bogotá, que fue adoptado mediante Resolución del Ministerio de Ambiente No. 1766 de 2016.

Actividades permitidas:
– Protección de la biodiversidad y del paisaje
– Forestal protector
– Investigación científica
– Monitoreo ambiental
– Educación ambiental
– Recreación pasiva
– Sustitución y aprovechamiento de especies exóticas e invasoras
– Restauración ecológica
– Desarrollo, adecuación y mantenimiento de senderos
– Aprovechamiento de los frutos secundarios del bosque que no implique la tala ni la afectación de la estructura y función de los ecosistemas.

Actividades prohibidas para todos los usos:
– Construcción de vivienda nueva
– Ampliación de vivienda pre-existente
– Establecimiento de cualquier estructura cuyo uso sea habitacional
– Expedición de licencias de urbanismo y construcción
– Construcción de nueva red vial
– Minería

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